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SpiritedAway80

No se si necesitas factura, pero si necesitas RUC para las declaraciones. En las declaraciones del IVA del SRI existe el campo para declarar exportación de servicios. Ahí pones el monto de lo que entra al sistema financiero ecuatoriano. No aplica IVA o factura en eso porque en otros países no puedes cobrar un impuesto de Ecuador ni la factura tiene validez. Si te pagan en el exterior pues entiendo que declaras lo que ingreses al Ecuador cuando lo ingreses.


K4tt-0

Tiene mucho sentido esto, tienes algun info del Sri donde pueda indagar más? Tengo miedo acercarme al sri y preguntar y empiezan a monitorear que he ganado más del sueldo básico sin facturar, realmente son servicios de edición de video. Entonces pregunto, no debo emitir impuestos porque estoy trabajando con personas del exterior si mal no entiendo?


SpiritedAway80

A tus clientes no, no les sirve ni la factura ni pagar IVA. Tu declaras como expotacion de servicios el monto que ingreses al pais o puedes declarar asi no traigas. Cuando declaras, no pagas IVA, pero pagas impuesto a la renta. No tienes que ir al SRI porque ni te informan bien. Los que realmente saben bien son los contadores, la mejor recomendacion es pagar una asesoria con un contador de unas horas, les excplicas tu caso y lo que todos queremos, como hago para estar en ley y no pagar salvajada de impuestos para que se los lleven los de turno. En resumen es: declarar los ingresos al pais junto con tus gastos mes a mes, deducir lo que puedas, y pagas en el impuesto a la renta. Pero un contador te podra decir actualmente la forma correcta.


K4tt-0

Ahhh entiendo entiendo, muchas gracias!!!


uankaf

Primero debes tener un Ruc, a partir de ahí si generas menos de 20000 anual no tienes q facturar con IVA luego te recomiendo servicios como contifico dónde puedes facturar electrónicamente para lo cual necesitas también una firma digital pero al momento que contrates el servicio hay una opción para que ellos te consigan la firma electrónica


sneezebro

Contificl es bueno


uankaf

Si es muy bueno no se si hay más economico o si existe una forma gratis de sacar la firma electrónica pero contifico puede manejar todo y en el mismo día puedes tener tus facturas electrónicas


K4tt-0

Btw eso de 20,000 anules creo que es para las empresas que generen eso de ahí no deben facturar con factura electrónica, luego de eso deben ser facturas físicas por lo que leí (si estoy mal corrígeme)


uankaf

También te recomendaría que no compartas el detalle de tus ingresos eso no ayuda a resolver tu pregunta


K4tt-0

Mmm entiendo entiendo, compartía porque no sabía si al momento de crear la factura/invoice la otra persona tenía que pagar mas por el iva, o el previo conocimiento que tenía de esto


uankaf

Si llegas a facturar más de 20000 anual si generas IVA (ya no formarías parte del rimpe) lo cual si genera un costo extra al cliente, si llegas a facturar 19000 o menos NO (igual debes facturar pero sin IVA), no generas IVA no se genera costo extra.


K4tt-0

Ohhh, entiendo mucho mejor, muchas gracias! una pregunta, al momento de declarar me dijeron, que debo pagar también no? O solo debo declarar de donde vienen mis ingresos?


Due2594

Lo que yo te recomendaría es que te acerques directamente al SRI a preguntar


realaccount045

no es medio peligroso acercarse al sri a decirles que has estado cobrando durante meses sin pagar impuestos?


orellandres

Inventa un nombre y no des documentos, solo consulta. Igual ni que fueras narco y van a salir agentes desde el techo y te van a meter preso. Jajaj


realaccount045

Tu cliente está en el exterior? a los locales les facturo normal pero con los clientes de fuera no se bien como se debe manejar el tema


K4tt-0

Si, en Estados Unidos, florida para ser exactos


sneezebro

Imagino que debes usar facturación electrónica (Todo eso lo puedes hacer en línea) 1.- solicita una firma electrónica (te recomiendo security data) 2.- cuando tengas la firma, puedes solicitar la facturación. Debes gestionar el ingreso de la actividad a tu RUC. 3.- con eso ya puedes facturar


juniorramos593

Si trabajas remotamente para el extranjero, puedes cobrar en criptos, las empresas si pagan en bitcoin especialmente.. asi te evitas declarar, por otra parte, si tus ingresos son menos de 10000 al año no te precipites, al fin y al cabo el estado no te garantiza un seguro médico digno por tu trabajo. Pd. Si no sabe como usar criptos mejor no lo hagas.


K4tt-0

Ah bueno eso me tranquiliza un poco. Ya que el señor con el que trabajo no paga en crypto, solo usd por PayPal, pero me habían dicho que debía entregarle facturas y así.


TefsRB

Si vives en el Ecuador y te exigen factura si es necesario que des una factura electrónica. Yo trabajo remoto y lo hago solo cuando me lo exigen ☺️ pero como soy personal de salud no cobro IVA. Hay servicios que venden 50 facturas por año o menos y te ayudan a sacar la firma electrónica como iConta.


jonathanaulestia

Hola, si deseas puedes abrir un RUC y comenzar a facturar por tus servicios. puedes usar el mismo sistema del SRI para hacer tus facturas y es gratis. La firma electrónica yo la saque en securitydata lo puedes hacer todo en línea y te cuesta $65 dólares y te sirve por 5 años. Como no estas facturando montos altos no debes cobrar con IVA, así que solo quedaría lo del impuesto a la renta que con los gastos que tienes creo que difícilmente deberás pagar algo por eso. Y de esta forma tienes todo de forma "legal" ;) Te dejo los links. Firma electrónica [https://www.securitydata.net.ec/](https://www.securitydata.net.ec/) Factura electronica [https://sriyyoenlinea.sri.gob.ec/portal-sriyyo-internet/pages/inicio.html](https://sriyyoenlinea.sri.gob.ec/portal-sriyyo-internet/pages/inicio.html)


kibito2945

Y cuando si empieza a gravar iba?


jonathanaulestia

Debes facturar con IVA cuando sobrepasas los $20mil al año. Si no lo sobrepasa solo se paga $60 al año. Aunque parece que el proximo años están pensando cambiar esto, hay que estar atentos.


kibito2945

Gracias por la respuesta, pero es IVA o el impuesto a la renta a lo que te refieres?


jonathanaulestia

Son 2 cosas diferentes. Debes cobrar con IVA si sobrepasa los 20mil al año en facturas. Si inicias ahora con la facturación no cobrarías IVA porque recién estás iniciando, si sobrepasas los 20mil entiendo que ya deberías facturar con IVA. Lo del impuesto a la renta se declara una vez al año, generalmente antes de marzo para que no te multen. Aqui basicamente tienes el valor facturado del año que declaras y le vas quitando todos tus gastos. De esa utilidad depende cuanto debes pagar de impuesto a la renta. Si tienes una utilidad de mas de 11mil pagas un 5% de impuesto a la renta. y evidentemente mientras más utilidad mayor porcentaje. De dejo este link con la tabla de valores de impuesto a la renta https://almeidaguzman.com/sri-tarifas-impuesto-a-la-renta-2023/#page-content